Desde el 1° de septiembre de 2026 rigen nuevos montos para las indemnizaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. La Resolución SRT 39/2026 actualizó por índice RIPTE los valores del sistema: el piso mínimo indemnizatorio pasó a $114.354.110 y las compensaciones de pago único van de $50.824.055 a $76.236.060 según la gravedad del caso. Los nuevos valores se aplican a los siniestros ocurridos entre el 1° de septiembre de 2026 y el 28 de febrero de 2027.
Qué actualizó la Resolución SRT 39/2026
La norma se publicó en el Boletín Oficial el 2 de septiembre de 2026 y no modifica las reglas de fondo: la Ley 24.557 y la Ley 26.773 siguen vigentes tal como estaban. Lo que hace es recalcular los importes en dinero aplicando la variación del índice RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables). El ajuste de este semestre ronda el 17% respecto de los valores que regían hasta agosto.
El mecanismo se repite cada seis meses. Por eso, al calcular una indemnización, lo primero que hay que mirar no es la fecha del reclamo sino la fecha del accidente: cada siniestro se liquida con la tabla que estaba vigente cuando ocurrió.
Cuánto es el piso mínimo de una indemnización por accidente laboral
Es el punto que más impacto tiene en la práctica. La ley fija un valor por debajo del cual una reparación no puede quedar, sin importar cuán bajo haya sido el salario del trabajador. Para los supuestos de incapacidad permanente definitiva (artículos 14 y 15 de la Ley 24.557), ese piso quedó en $114.354.110.
El adicional de pago único del artículo 3 de la Ley 26.773 —que se abona por muerte o incapacidad total y equivale al 20% de la indemnización— tiene además su propio valor mínimo, fijado en $21.656.176. Dicho de otro modo: si ese 20% arroja una cifra menor, igual se paga el mínimo.
El piso es la red de seguridad del sistema. Protege sobre todo a quienes tenían remuneraciones bajas o pocos años de aporte, porque garantiza una reparación mínima uniforme para todos los siniestros del semestre.
Qué son las compensaciones de pago único y cuánto se paga
Son sumas fijas que la ART debe abonar además de la indemnización que corresponde por el grado de incapacidad. Están previstas en el artículo 11, apartado 4, de la Ley 24.557 y desde el 1° de septiembre quedaron así:
- $50.824.055 cuando la incapacidad laboral permanente parcial es superior al 50%.
- $63.530.069 cuando la incapacidad es permanente total.
- $76.236.060 en caso de fallecimiento del trabajador, para sus derechohabientes.
Conviene tenerlas presentes porque no reemplazan a la indemnización principal: se suman a ella. En muchas propuestas de acuerdo aparecen absorbidas o directamente omitidas.
El accidente camino al trabajo, ¿está cubierto?
Sí. Un error frecuente es pensar que la cobertura se limita a lo que pasa dentro del lugar de trabajo. El sistema ampara igualmente el accidente in itinere —el que sufre el trabajador en el trayecto habitual entre su casa y el trabajo— y las enfermedades profesionales reconocidas, como muchas afecciones de columna, auditivas o de miembros superiores derivadas de la tarea. En todos esos casos rigen los mismos pisos y compensaciones actualizados.
Me accidenté hace unos meses: ¿me sirven estos valores?
Depende de cuándo ocurrió el accidente. Como los montos se actualizan por semestre, a cada siniestro se le aplican los valores vigentes en el momento en que sucedió, con más los intereses que correspondan hasta el efectivo pago. Ahí aparece una de las discusiones más habituales: entre la fecha del hecho y la del cobro puede pasar bastante tiempo, y el criterio de actualización e intereses incide de lleno en el resultado final.
Qué hacer si tuviste un accidente laboral
Más allá de los montos, hay pasos concretos que conviene respetar. Primero, denunciá el accidente a la ART y guardá copia de todo: la denuncia, los estudios médicos y las constancias de atención. Segundo, no aceptes el alta ni firmes un acuerdo de pago si seguís con secuelas, porque el porcentaje de incapacidad se determina con estudios y baremo, no con una oferta telefónica. Tercero, prestá atención a los plazos: los reclamos tienen términos de prescripción que, si se dejan pasar, hacen perder el derecho.
Cuándo conviene consultarlo con un abogado
Cuando la ART ofrece un monto y no queda claro con qué valores lo calculó, cuando el porcentaje de incapacidad asignado no se condice con los estudios, o cuando dan el alta sin que las secuelas hayan mejorado. Una oferta por debajo del piso legal, o un cálculo hecho con la tabla de un semestre anterior, puede significar varios millones de pesos de diferencia. En el Estudio Di Pietro & Asoc. asesoramos en accidentes de trabajo, ART y derecho laboral en Quilmes, Bernal, Berazategui, Florencio Varela y toda la zona sur. Escribinos al WhatsApp 011 3408-7400 y analizamos tu caso sin compromiso.
Esta nota es informativa y no reemplaza el asesoramiento legal sobre tu caso particular.
