El Decreto 875/2026, publicado en el Boletín Oficial el 7 de septiembre de 2026, reglamenta la Ley 27.801 y pone en marcha el Régimen Penal Juvenil: un sistema penal especial y diferenciado del de los adultos, que alcanza a los adolescentes desde los 14 años y hasta las cero horas del día en que cumplen 18. Designa al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación, crea la figura del supervisor y refuerza garantías como el patrocinio jurídico gratuito.

Para las familias del conurbano sur —Quilmes, Berazategui, Florencio Varela— es un tema que dejó de ser abstracto: define cómo interviene la Justicia cuando un adolescente es acusado de un delito. En esta guía lo explicamos en lenguaje claro, sin tecnicismos, para que sepas de qué se trata y qué podés hacer.

Qué es y a quién alcanza

El Régimen Penal Juvenil es un sistema penal especial y diferenciado del que se aplica a los adultos. Su lógica no es la del castigo sin más: la propia norma fija como finalidad que el adolescente comprenda la responsabilidad legal por sus actos y, a la vez, alcance su educación, resocialización e integración social.

El régimen alcanza a los adolescentes desde los 14 años y hasta las cero horas del día en que cumplen 18. Es decir, un joven de 14, 15, 16 o 17 años que sea imputado por un delito ya no queda al margen del sistema penal, pero tampoco se lo trata como a un mayor: entra en un circuito con reglas, plazos y garantías propias, pensado para su etapa de vida.

Quién lo aplica

La reglamentación designa al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación a nivel nacional y federal. Pero el punto clave para nosotros, que ejercemos en la provincia de Buenos Aires, es otro: el decreto crea una Mesa Federal del Régimen Penal Juvenil a la que las provincias y la Ciudad de Buenos Aires adhieren de manera voluntaria. En la práctica, cómo y cuándo impacte plenamente en cada jurisdicción dependerá de esa adhesión y de la coordinación con la justicia local.

Las nuevas figuras que crea el decreto

Además del marco general, la reglamentación monta una estructura para que el sistema funcione:

  • Un Registro de Supervisores del Régimen Penal Juvenil, con un plazo transitorio de 180 días para la convocatoria pública. Los supervisores deben ser profesionales —de la educación, la pedagogía infantojuvenil, la psicología o el trabajo social— con experiencia comprobada. Son quienes acompañan y controlan el cumplimiento de las medidas.
  • Un Comité Interministerial, que reúne a las áreas de Justicia, Seguridad, Capital Humano y Salud, para coordinar la política de manera integral.
  • La ya mencionada Mesa Federal, como espacio de articulación con las provincias.

Qué garantías se aseguran

Un aspecto central, y muchas veces poco difundido, son las garantías. El decreto refuerza el debido proceso y prevé asistencia especializada. Entre otros puntos, contempla el patrocinio jurídico gratuito, la atención integral a las víctimas mediante equipos interdisciplinarios y la reserva del proceso en las comunicaciones al Registro Nacional de Reincidencia. En otras palabras: el adolescente tiene derecho a una defensa técnica adecuada, y su situación debe manejarse con la confidencialidad que su edad exige.

Qué significa para vos

Si sos madre, padre o referente de un adolescente, esto es lo importante: frente a una imputación penal a un menor de 18, la actuación temprana es decisiva. Conocer desde el primer momento cuáles son los derechos del adolescente, qué medidas puede disponer el juez, cómo se garantiza su defensa y qué rol cumple la familia puede cambiar por completo el desarrollo y el resultado de la causa.

No se trata de alarmarse, sino de estar informado. Muchas familias llegan a la consulta sin saber que su hijo tiene derecho a un abogado desde el inicio, o que existen medidas alternativas a la privación de la libertad. Entender el sistema es el primer paso para transitarlo con acompañamiento profesional y no en soledad.

Preguntas frecuentes

¿Desde qué edad un adolescente puede quedar alcanzado?

Desde los 14 años y hasta las cero horas del día en que cumple 18. Antes de los 14, el joven queda fuera de este régimen. Entre los 14 y los 17 se aplica un sistema penal especial, distinto del de los adultos.

¿Es lo mismo que la Justicia de mayores?

No. Es un régimen diferenciado. La finalidad que fija la norma no es solamente sancionar: busca que el adolescente asuma la responsabilidad por sus actos y, al mismo tiempo, favorecer su educación, su resocialización y su integración social. Por eso los procedimientos, los plazos y las medidas tienen características propias.

¿Mi hijo tiene derecho a un abogado?

Sí. La reglamentación refuerza el debido proceso y prevé asistencia especializada, incluyendo patrocinio jurídico gratuito. El adolescente tiene derecho a una defensa técnica desde el inicio de la causa, y su situación debe manejarse con la reserva que su edad exige. También se contempla la atención integral a las víctimas mediante equipos interdisciplinarios.

¿Qué son los supervisores?

Es una figura nueva. El decreto ordena crear un Registro de Supervisores, con un plazo transitorio de 180 días para la convocatoria pública. Deben ser profesionales de la educación, la psicología o el trabajo social, con experiencia comprobada. Su función es acompañar y controlar el cumplimiento de las medidas que se dispongan sobre el adolescente.

¿Cómo se aplica en la provincia de Buenos Aires?

La adhesión de las provincias a la Mesa Federal es voluntaria. Por eso el alcance concreto en cada jurisdicción va a depender de esa adhesión y de la articulación con la justicia local. Es un punto a seguir de cerca en los próximos meses.

¿Qué conviene hacer si mi familia enfrenta una situación así?

Actuar temprano. La diferencia muchas veces está en el primer momento: saber qué derechos tiene el adolescente, qué medidas puede tomar el juez, si existen alternativas a la privación de la libertad y cuál es el rol de la familia en el proceso. Contar con orientación profesional desde el comienzo evita errores y protege mejor al menor.

En síntesis

El Decreto 875/2026 no inventa el Régimen Penal Juvenil, pero lo vuelve operativo: define autoridades, crea la figura del supervisor, ordena las garantías y abre el camino para que las provincias adhieran. Es una reforma de fondo que conviene conocer, sobre todo para las familias.

Cuándo conviene consultarlo con un abogado

En el Estudio Di Pietro & Asoc., en Quilmes, seguimos de cerca la implementación de esta normativa. Si tenés dudas sobre una situación concreta que involucra a un adolescente, te invitamos a consultarnos: analizamos tu caso con seriedad, en forma personalizada y con la reserva que corresponde. Escribinos y coordinamos una entrevista.

Esta nota es informativa y no reemplaza el asesoramiento legal sobre tu caso particular.

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