El retiro por invalidez es la prestación previsional para quien, por una enfermedad o accidente, queda con una incapacidad que le impide seguir trabajando. No exige una edad determinada: lo que importa es el grado de incapacidad y los aportes.
¿Quién puede pedirla?
En general, quien tenga una incapacidad psicofísica del 66% o más, certificada por la Comisión Médica, y cumpla con los aportes exigidos al sistema previsional (la cantidad varía según si se considera aportante regular o irregular). La incapacidad debe ser anterior al cese o haberse producido durante la relación de trabajo.
¿Cómo se prueba la incapacidad?
El grado de incapacidad lo determina la Comisión Médica, en base a estudios y a la historia clínica. Por eso es clave reunir toda la documentación médica (diagnósticos, estudios, tratamientos) antes de iniciar el trámite.
¿Qué pasa si ANSES la rechaza?
El rechazo no es el final del camino. Se puede apelar la resolución y, si corresponde, llevar el reclamo a la Justicia Federal de la Seguridad Social, donde muchas denegatorias se revierten cuando la incapacidad está bien acreditada.
No confundir con la pensión por invalidez
El retiro por invalidez (previsional, por aportes) es distinto de la pensión no contributiva por invalidez, que es un beneficio asistencial con otros requisitos. Te ayudamos a identificar cuál te corresponde.
¿Una incapacidad te impide trabajar? Analizamos tu caso sin cargo y te decimos si tenés derecho al beneficio y cómo encararlo. Escribinos.
Esta nota es informativa y no reemplaza el asesoramiento legal sobre tu caso particular.